miércoles, 23 de marzo de 2016

Somos una empresa dedicada a prestar servicios integrales en seguridad y salud en el trabajo mediante un equipo interdiciplinario comprometido, que trabaja bajo altos estandares de calidad para generar soluciones que incrementen la productividad y promuevan ambientes de trabajo saludables. 


¿Por qué es importante el SG-SST?
 

Dentro de una empresa el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) desarrollado en forma adecuada, es la herramienta más apropiada para incrementar la productividad y reducir el ausentismo laboral. Adicionalmente incentivar el recurso humano, disminuir la accidentalidad, conservar las máquinas, herramientas e instalaciones y disponer ambientes saludables, al mismo tiempo evita las enfermedades laborales, proporciona bienestar al trabajador y elimina factores que llevan a la disminución de la productividad de la empresa.  


 
Cumplimiento marco legal


En primera instancia encontramos el Decreto 1072 de Mayo de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, donde se habla de la obligatoriedad por parte de todas las empresas de diseñar, ejecutar y administrar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Respecto del cuidado y protección de las condiciones de salud de los trabajadores (Seguridad y Salud en el Trabajo, hoy, después de la Ley 1562 de 2012) la legislación contempla las siguientes normas: La Ley 9 de 1979 establece en el artículo 80 el objeto de la Salud Ocupacional: “Preservar, conservar y mejorar las condiciones de salud de los trabajadores, el Decreto-Ley 1295 de 1994 señala en el artículo 21, las obligaciones del empleador en el Sistema de Riesgos Laborales, y específicamente en el literal c estipula: “El empleador será responsable por:

“Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo”.
 
¿Qué audita el Ministerio de Trabajo?
 

Los estándares establecidos para el cumplimiento de la ley 1562 del 2012, resolución 1016 de 1989, decreto 1295 de 1994, resolución 2013 de 1986, resolución 652 del 2012, resolución 1356 del 2012, resolución 2400 de 1979, resolución 2346 del 2007,resolución 1075 de 1992, resolución 1401 del 2007, resolución 2646 del 2008, resolución 1409 del 2012, ley 9 de 1979, decreto 614 de 1984, decreto ley 019 del 2012 y decreto 1443 del 2014 modificado por el decreto 1072 de 2015.

 
Cuáles son las sanciones del ministerio de trabajo?

Se encuentran contempladas en la ley 1562 del 2012 en su artículo 13 de la siguiente manera:

“El incumplimiento de los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, normas en SST, aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, acarrearán multas de hasta (500 SMLV) Equivalente a $322.175.000, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción y previo cumplimiento del debido proceso destinados al Fondo de Riesgos Laborales.”

“En caso de reincidencia en tales conductas o por incumplimiento de los correctivos que deban adoptarse, formulados por la Entidad Administradora de Riesgos Laborales o el Ministerio de Trabajo debidamente demostrados, se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de ciento veinte (120) días o cierre definitivo de la empresa por parte de las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo, garantizando el debido proceso, de conformidad con el artículo 134 de la Ley 1438 de 2011 en el tema de sanciones.”